Las empresas deberán incluir un botón de arrepentimiento visible y de fácil acceso en sus sitios de compra. Con un plazo de diez días el consumidor puede dar marcha atrás con su compra.
En base a una resolución tomada por la Secretaría de Comercio Interior y publicada este lunes en el Boletín Oficial. Las empresas deberán simplificar el derecho de los consumidores a revocar una compra o devolver un producto que se haya adquirido de manera online, mediante la inclusión de la opción de arrepentimiento.
Dentro de 60 días contados a partir del lunes las empresas deberán acondicionar sitios web y apps de compras de acuerdo a los términos establecidos en la medida, para ofrecer al consumidor la opción de dar marcha atrás con su compra en un plazo de 10 días luego de adquirir el producto.
La cláusula aplica también a las compras realizada en locales comerciales, donde el cliente puede devolver el producto y el comercio deberá reintegrar el dinero.
La medida apunta a ejecutar las Leyes 24.240 de Defensa al Consumidor y 26.994 en el Código Civil y Comercial de la nación.
La Ley 24.240 establece en el artículo 34 que en las ventas “por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar” el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de diez días corridos contados a partir de la fecha en que se entregue el bien o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna.
Mientras que el Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 señala en el artículo 1.110 que “en los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato”.
La opción de arrepentirse por parte del consumidor, deberá estar visible y ocupar un lugar destacado en la página principal del sitio web institucional del comercio, al igual que en la sección principal de las aplicaciones. El botón deberá acceder a un link directo para realizar el trámite, que no permita dudas respecto de lo que el usuario seleccionó. El cliente podrá gozar del derecho a arrepentirse sin condicionamientos ni gastos a su cargo, si el producto ya fue recibido en el domicilio, el proveedor debe retirarlo de igual modo.
Una vez solicitada la revocación de la aceptación, el proveedor deberá informar al consumidor el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación, por el mismo medio y dentro de las 24 horas.
“En la relación de consumo, las y los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, teniendo en cuenta que el derecho a la información es uno de los elementos esenciales para limitar la asimetría entre consumidoras, consumidores y proveedores”, afirman desde Comercio.