Fue presentado el protocolo para reabrir los teatros con asistencia de público.

Fue elaborado junto al Ministerio de Salud de la Ciudad y representantes del sector teatral. Se espera la evaluación y aprobación de las autoridades nacionales.

El Ministerio de Cultura de la Ciudad presentó a las autoridades nacionales el protocolo para el desarrollo de actividades escénicas con público.
El mismo será evaluado y a la espera de ser aprobado por el Gobierno Nacional.

El reglamento fue ideado en trabajo conjunto con empresarios teatrales, referentes del sector independiente y el Ministerio de Salud de la Ciudad, estableciendo que es aplicable a toda persona participante, ya sea que se trate de personal propio, contratado, artistas, colaboradores y asistentes a espectáculos.

Las actividades comprendidas en el desarrollo de las artes escénicas son:
– Tareas administrativas y de mantenimiento de espacios destinados a artes escénicas.
– Ensayos, entrenamiento y práctica teatral y musical.
– Grabación y/o transmisión de contenidos escénicos en entornos presenciales o digitales (grabación de obras de teatro, de danza, performance y/o música en vivo), con o sin asistencia de espectadores en el espacio físico y con la posibilidad de ser transmitidos a través de un sistema de streaming.
– Desarrollo de actividades escénicas como presentaciones, clases, talleres, seminarios, etc, siempre bajo las pautas que establece este protocolo.
– Desarrollo de funciones, conferencias y conciertos con asistencia de público presencial.
– Los establecimientos o espacios deberán contar con la habilitación (otorgada o en trámite) o el permiso que sea compatible con dichas actividades. Pudiendo desarrollarlas en espacios cerrados y/o abiertos al aire libre.
– La organización en general de la actividad, deberá revisar y adecuar todas las tareas fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo, mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros y utilizar el cubrebocas en todo momento aplica para el personal y para las personas ajenas al establecimiento.
Se deberá elaborar una lista con los nombres y datos de contacto de artistas, trabajadores y colaboradores participantes antes de cada función, ensayo o grabación.
Los artistas deberán usar tapabocas en todos los espacios habilitados para la actividad. Se los exceptúa del uso del mismo en el escenario durante el ensayo, función o grabación. No obstante, deberán usarlo hasta el momento previo de ingresar a escena.
– El maquillaje y peinado deberán realizarse por sus propios medios, sin asistencia de terceros, preferentemente en su hogar, de no ser posible, se hará en camarines. Solo en casos excepcionales y de requerir la asistencia de maquilladores y peinadores la compañía y producción deberá contar previamente con la aceptación por escrito para que el maquillaje y/o peinado se realice en dicho espacio con ayuda de terceros. Quienes realicen estas tareas deberán adecuar su accionar a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.
– Los y las artistas deberán vestirse por sus propios medios, sin asistencia de terceros, preferentemente en su hogar o, de no ser posible, en el espacio. Cuando los/as artistas tengan que realizar un cambio de vestuario durante la actividad, deberán realizarse en camarines o espacio que cumpla con distanciamiento social, en lo posible sin intervención del vestuarista, previa y posterior higiene de manos. Solo en casos excepcionales en que esto no fuese posible y se requiera de asistencia de vestuarista, quienes realicen estas tareas deberán sanitizar el vestuario, lavarse las manos antes y después de vestir a un/a artista y utilizar tapaboca y máscara facial (ya que se trata de un procedimiento que implica cercanía).
– Los camarines podrán ser compartidos por los y las artistas siempre que se respete la distancia mínima establecida o ampliando el horario de citación previa a cada ensayo, función o grabación, para establecer turnos.
– La cantidad de personas en escena deberá ser acorde al cumplimiento del distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
– La interacción en el escenario entre los artistas será de al menos de dos metros de distancia. Para las escenas o representaciones que requieran mayor cercanía podrá utilizarse la máscara facial o tapabocas, a menos que sean escenas o situaciones que impliquen momentos casuales de corta duración que no pueden tener una duración superior a 15 minutos, donde no se requeriría el uso de los mismos.
– Deberá incorporarse el uso de alcohol en gel en escena (sobre todo luego de manipular objetos y/o instrumentos).
– No está permitido que el público suba al escenario. En el caso de requerir asistencia para la colocación de micrófonos, además del tapabocas (que usará todo el tiempo) el/la asistente deberá utilizar máscara facial (ya que se trata de un procedimiento que implica cercanía). Antes y después deberá lavarse las manos con agua y jabón o alcohol en gel.
– Los micrófonos utilizados serán nominados por nombre del/la artista y serán desinfectados y guardados diariamente según las recomendaciones del fabricante, no pudiendo intercambiarse entre artistas hasta no ser debidamente desinfectados.
– La limpieza y desinfección del escenario y de todos los elementos (materiales técnicos, utilería y de escena) deberá realizarse antes y después de cada ensayo, función o grabación.
– El ambiente laboral deberá mantenerse bien ventilado. Limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.
– Deberán reforzarse las medidas de higiene de los lugares de trabajo e incrementar la limpieza de mostradores, pasamanos, entrega de mercadería, escritorios, computadoras, teléfonos, pisos, manijas y picaportes y toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto. Deberá realizarse la limpieza del sector antes de comenzar y después de finalizar la jornada de trabajo.
– Los trabajadores y trabajadoras cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras personas deberán utilizar protectores faciales de manera obligatoria. Todos los trabajadores deberán usar en todo momento tapabocas
– Respecto al coeficiente de ocupación el aforo será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando el establecimiento cuente con renovaciones de 40 m3/h por persona, sin recirculaciones. En el supuesto de contar con recirculaciones, se deberá incluir un filtrado tipo F7 o superior.
– En todos los casos, se deberá garantizar renovaciones de 40 m3/h por persona por medio de inyección y extracción de aire forzada y se permitirá complementar renovaciones faltantes con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado portatil tipo HEPA.
– Respecto al acceso al establecimiento, el organizador deberá contemplar la mejor manera de estructurar los ingresos y salidas y designar personal responsable para el ordenamiento a los fines de evitar la aglomeración de gente en las inmediaciones del establecimiento y en sus accesos.
– En este sentido, se sugieren: ingresos/egresos por grupos de ubicación (símil pautas de abordaje de aviones); en espacios con butacas, se recomienda establecer horarios de ingreso a fin de evitar el ingreso por orden de llegada; prever horarios del espectáculo más laxos para ingresos y egresos, entre otros.
– Se debe poner a disposición del público, alcohol en gel o sanitizante en accesos a los establecimientos. – Demarcar los ingresos y la fila de acceso para poder cumplir con las pautas de distanciamiento de 2 metros entre personas.
– Al ingresar al espacio, los y las asistentes del público deberán mostrar la declaración jurada de salud vigente (mediante formulario online, App CuidAR o sistema equivalente). No se permitirá el ingreso de ningún asistente que tenga una temperatura igual o superior a 37,5° C al momento del control.
– Se recomienda contar con personal destinado a orientar y acomodar a los asistentes. En el caso de realizarse más de una función por día, la entrada y salida del público entre funciones deberá realizarse con un tiempo prudencial de alternancia, que no podrá ser menor a 45 minutos.
– Se requiere la desinfección total del predio previo al comienzo de la nueva función.
– Los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, deberán ser adquiridos con antelación a la función a través de medios digitales o telefónicos que deberán implementar los organizadores.
– Queda prohibida la venta de entradas en el lugar donde se desarrolle el evento. El control de entradas se realizará mediante un código QR o en la pantalla de un celular.
– En el caso de eventos gratuitos, se deberá reservar cupo previamente a través medios electrónicos o telefónicos.
– El organizador deberá tener un listado detallado del público asistente al evento, debiendo exigir la presentación de una Declaración Jurada en la cual se consignarán los datos personales de los concurrentes e indicando que no tienen síntomas referidos a COVID.
– Dicha Declaración Jurada deberá ser conservada por el organizador. La misma podrá ser requerida por la autoridad de aplicación de considerarlo conveniente.
Disposición del público
La forma de disposición de las ubicaciones que permitan limitar el aforo se podrá determinar en función a la disposición de cada espacio, ya sea que se trate de espacios cerrados y/o abiertos:
Espacios con butacas fijas: intercalando, en cada fila, las butacas ocupadas y libres.
Espacios sin butacas: permitiendo el ingreso según el aforo autorizado, las ubicaciones estarán distribuidas y señalizadas en el espacio. Se trata de un esquema de entradas numeradas en campo y se puede realizar seleccionando alguna modalidad de distribución según:
Demarcación en el suelo- Burbujas Sociales
Sillas distanciadas.
Estructuras de división de espacios.
Cualquier otra estructura superadora en la que puedan disponerse los asistentes, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.
La distancia entre asistentes y entre modalidades deberá ser de 2 metros.
No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo.
Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario.
A tal fin, garantizar que la misma tenga corredores de sentido único.
Cada establecimiento deberá presentar la declaración jurada (ANEXO I) ante la Agencia Gubernamental de Control a través del canal electrónico, mediante la cual manifieste que da cumplimiento a los requisitos establecidos en el presente protocolo. La misma debe estar suscripta por un profesional competente.

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